Estimado, de acuerdo con la Ley 20.007, los dineros que han sido entregados a una inmobiliaria mediante un documento firmado ante Notario, serán devueltos en su totalidad si ésta (es decir, la inmobiliaria), no cumple con la entrega del departamento o casa ofrecida en el contrato de compraventa. En su caso, y puesto que fue la inmobiliaria quien se comprometió a conseguirle el financiamiento del departamento, si no logra que un Banco le otorgue dicho préstamo, deberá devolverle a ustedes los dineros entregados por concepto de reserva y pié de la vivienda. Si así no ocurriere, puede usted ir al Sernac y entregar los antecedentes para que lo orienten en cómo podría exigir dicha devolución. Pero, como dije antes, TODO dinero que usted entregue antes de comprar debe ser hecho ante un Notario. Saludos cordiales.