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guacusio

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  1. Justamente lo que planteo es la discusión para definir, en nuestra sociedad actual, cuándo un grupo de células es un sujeto con derecho a la vida. Se necesita llegar a una definición categórica para aplicar el aborto. El Estado comprende dentro de sus Poderes el Legislativo, por lo que sí es el autor (también juez y ejecutor) de las leyes. Cuando hablé del Estado no me refería al Gobierno.
  2. Cuando una mujer lleva a otra persona en su vientre, lo deseara o no, ha adquirido una responsabilidad. Esta responsabilidad implica hacer lo necesario para que esa criatura nazca y luego se desarrolle en las mejores condiciones posibles.Recalco la palabra "persona" porque el meollo de la discusión sobre el aborto es dilucidar cuándo un conjunto de células corresponde a una persona, con todos los derechos que eso le otorga. Dado que el Estado basa sus leyes en argumentos racionales y no en dogmas, hay que quitar de la discusión todo argumento basado en emociones y sentimientos. Los hechos objetivos son los siguientes: una mujer embarazada lleva en su útero un conjunto de células que crece gracias a los nutrientes que obtiene de la mujer (lo que corresponde a una relación simbiótica de comensalismo). Este conjunto de células tiene el potencial de convertirse en un niño y luego un adulto. En un punto intermedio cercano a la doceava semana de gestación comienza la actividad cerebral. ¿Qué hace que mi pelo y mis uñas, que son parte de mi cuerpo, no sean una persona y por lo tanto no se considere aborto el cortármelos? Mi pelo y mis uñas no sufren cuando los corto porque no tienen mente ni sistema nervioso, a diferencia de un feto de 12 semanas que posee actividad eléctrica cerebral. Por lo tanto, un grupo de células, independiente de su tamaño, no puede considerarse una persona si carece de mente. ¿Mi madre puede donar mis órganos si carezco de actividad cerebral, pero no puede abortar un feto de menos de 12 semanas? Me parece ilógico. Surge entonces el problema de la potencialidad: un cigoto tiene el "potencial" de convertirse en persona con el tiempo, tal como una célula de mi pelo puede generar "potencialmente" embriones humanos cultivados en laboratorio. ¿Sería la solución el prohibir los cortes de pelo para evitar este "aborto" de potenciales embriones? ¿Un niño debe tener derecho a voto porque tiene el "potencial" de llegar a ser adulto? Esto lleva a un tercer punto que es el derecho que tiene el hombre como especie de intervenir en los acontecimientos para llegar (o evitar llegar) a un resultado, es decir, intervenir para cambiar un resultado "potencial". Muchas veces el ser humano interviene para cambiar un resultado que no desea, por muy "natural" que parezca éste: alguien que sufre un infarto es atendido por médicos para salvarle la vida en vez de dejarlo morir como sería lo "natural"; las personas viajan en autos en vez de caminar kilómetros como sería lo "natural"; vivimos en casas y no en cuevas, etc. Por lo tanto, los resultados que se dan espontáneamente, sin intervención del ser humano, no tienen por qué ser los "correctos" o nuestra esperanza de vida seguiría por debajo de los 30 años. Todo esto significa que por mucho "potencial" que haya de ocurrir un evento, el ser humano puede intervenir legítimamente para cambiar su resultado y no debe dejar que las cosas sigan su curso "natural" sólo porque es lo que pasaría si no se hiciera nada. En definitiva: el aborto es una intervención legítima sobre un grupo de células cuando éstas no tienen mente.
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