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Gobierno INSISTE en CENSURAR INTERNET


Ciranoski

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espero q corten el rollo con esta ley solo les importa los intereses de las grandes empresas y de usa!! los politicos q apoyan esta ley en su mayoria son los q estan con el candidato de la concertacion ademas de los de izquierda q tb votan a favor de esta ley, y ellos dicen q con FREI vamos a vivir mejor!! lo dudo!!

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mmmmm forero... la constitucion si asegura el libre acceso a la informacion, cualquier ley que deba versar sobre el secreto de las actuaciones del estado debe tener una LQC o por fines de seguridad nacional.

 

eso de la flagrancia lo entiendo, pero lo de la responsabilidad aunque fuese legal, debe tener un factor de atribucion, seria absurdo que se sobreprotegiera la propiedad intelectual con una super presuncion de derecho de responsabilidad xD!!! es absurdo pq pasa a llevar otros derechos, y de echo seria tanta la proteccion que la propiedad intelectual y el derecho de propiedad seria pasado a llevar tambien en su escencia de derechos ABSOLUTOS.... en fin... ire al foro de revolucion geek para ver que onda y ver is me pueo informar mas... :D bacan que haya gente motivada

No, no se garantiza el libre acceso a la información. Lee el artículo 19 n°12. Y no tiene nada que ver el hecho que cualquier ley que deba versar sobre el secreto de las actuaciones del Estado deba tener caracter de LQC. Ello aparece establecido en el artículo 8°, y se trata de una materia específica (el principio de Publicidad que deben observar los órganos de un Estado, en un Estado de Derecho) no de un derecho constitucional.

 

Y la responsabilidad de la que hablas se le atribuye al ISP, no a los clientes de ellos, no entiendo lo de la "super presunción". Se establece claramente en el artículo 85 L "Sin perjuicio de las normas generales sobre responsabilidad civil aplicables, en el caso de aquellas infracciones a los derechos protegidos por esta ley cometidas por terceros, que ocurran a través de sistemas o redes controladas u operadas por personas naturales o jurídicas que presten algunos de los servicios señalados en los artículos siguientes, los prestadores de tales servicios no serán obligados a indemnizar el daño, en la medida que cumplan con las condiciones previstas en los artículos siguientes para limitar tal responsabilidad, conforme a la naturaleza del servicio prestado. En estos casos, los prestadores de servicios sólo podrán ser objeto de las medidas prejudiciales y judiciales a que se refiere el artículo 85 R"

Edited by No_Existe
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Ojo, que Ramón Farías se mostró en contra de la fiscalización de los ISP (indicación 10) “es una vuelta que no tiene mucho sentido debido a que nosotros pensamos que aquí no puede haber censura de ningún tipo, y por otro lado, directamente si uno acude a los tribunales de justicia estos podrán establecer bajar la página, bajar los contenidos y establecer las sanciones necesarias” Fuente: http://bit.ly/5jdGAs (Cámara.cl)

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