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COMUNIDADES UNIDAS


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kseroncito, deberías saber que el Sello Alerce no tiene sucursales en regiones, por lo que cuando los discos editados por ellos no están en grandes disquerías (cosa que ocurre FRECUENTEMENTE) no queda otra que, para la gente que no vive en Santiago, pegarse un viaje hacia la capital o comprarlo + gastos de envío (dejémos de lado páginas como portaldisc que son de reciente data) lo que genera que el disco quede a un precio exhorbitante e prácticamente inalcanzable.

¿Crees que sin la piratería de sus discos Manuel García hubiera sido capaz de llenar el Teatro Universidad de Concepción? Al puro "esfuerzo de los sellos" ¿cómo le fue a Mecánica Popular? ¿Acaso Redolés en sus recitales, junto con señalar los lugares en donde venden sus discos (sólo en Santiago por cierto) no dice exprésamente que "bajen sus canciones del Ares"?

Dices que Camila Moreno es conocida gracias a sello azul, pero ella llenaba recitales mucho antes de de sacar su disco Almismotiempo, disco que por cierto, entre varios internautas hemos frenado su piratería (no lo puedes encontrar en internet) y es cosa que veas los comentarios en esta página:

http://www.discos29.cl/2009/09/23/camila-m...ello-azul-2009/

Además omitiste el caso de Chinoy, quien actualmente llena todos los lugares en los cuales se presenta, es uno de los artistas jóvenes más demandados, con más de 10 mil fans en Facebook, y aún no saca su disco de estudio a pesar de ya tenerlo grabado ¿en qué ha contruibuido el sello Quemasucabeza a la fama de Chinoy? actualmente en muy poco (gestionar la tocata del Normandie sería "la" contribución) pues sus seguidores ya conocen más de 70 de sus canciones, difundidas no sólo a través de myspace, sino que a través de bootlegs artesanales, de los cuales personalmente he editado varios de los MP3 que los conforman. Su representante, Manuel Guerra, al comienzo contrario a esta práctica optó por aceptarla finalmente.

Además me llama la atención que (sobre el caso de Barría y Stern) señales que la "auto-edición" es una "enfermedad" que provocó la piratería, cuando en líneas anteriores reconocías que el modelo actual estaba obsoleto ¿acaso la "auto-edición no es lo que actualmente en el mundo se postula como el reemplazo al sistema actual, del cual salen beneficiados actores que muy poco tienen que ver con la creación intelectual y artística? Casi todos los nuevos cantautores (léase Matías Cena- Diego Peralta - Pedro Piedra - Fernando Milagros - Javier Barría - Camila Moreno - Natalia Molina - Rocío Peña, etc) han formado prácticamente toda su carrera a través de la auto-gestión, y difundiendo su trabajo mediante internet utilizando la plataforma myspace, con resultados a veces satisfactorios, pues falta más apoyo de los medios, más interes de los chilenos por nuestra música y por cierto más difusión y reconozcamos que la piratería ha significado una difusión enorme y a veces siento que la pérdida monetaria por la no venta del disco se compensa, pues, la persona que sube un disco de un artista nacional a internet y lo publica en portales como este o en su blog, lo que hace es realizar una labor de difusión que nadie más está dispuesto a asumir y más encima no cobra ningún peso por ello. El músico pierde el dinero de la venta del disco (que dicho sea de paso y según lo que tú mismo dijiste es un mísero 10%), pero gana el reconocimiento de su trabajo, que tengo entendido, es lo que más le interesa a un creador y más gente irá a sus recitales.

En fin, no creo que sean los músicos quienes se vean más afectados con la piratería sino que a mi jucio son las empresas desarrolladoras de software (o particulares dedicados a ello) pues son bien pocos los beneficios que obtienen de ella; quizás la simple difusión, pero eso es cosa que se logra legítimamente a través de un shareware.

Edited by No_Existe
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Muy buen argumento Mr. Karate, creo que eres de los pocos que realmente aportan de verdad en esta discusión. Si bien la piratería no se puede justificar legalmente, siempre existen estas situaciones excepcionales en donde ésta ayuda en cierta manera para la difusión del artista, casos en los que de manera "legítima" no hubiese sido posible.

 

De todas maneras, te pregunto si en el caso de los músicos que difunden su arte por internet, en ese caso no habría piratería, o sí? ya que existe el pleno conocimiento y autorización de este mismo artista en que te descargues su música gratuitamente, es parecido a los softwares libres de derecho de autor.

 

Saludos!

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Que bueno que se está dando una continuidad en esta discusión. Sobre los ejemplos que señalas, claramente no habría piratería y en los terminos de la ley chilena, tampoco delito, pues primero que todo, en ninguna parte se castigan las descargas (sería absurdo meterlas dentro del concepto de piratería, pues al navegar por internet tu navegador automáticamente guarda en el PC miles de archivos protegidos) Igualmente sería bueno delinear bien esos conceptos ¿es pirata tanto el que sube como el que baja? ¿Es tan pirata el que lucra como el que sólo lo hace con el fin de compartir? (aunque para la ley chilena, ambos son tan piratas y delincuentes sólo que el ánimo de lucro sirve para diferenciar la pena)

Ahora, sobre el caso específico de manipular el contenido descargado, ya sea, modificándolo, subiéndolo a internet, difundiéndolo, o reproduciéndolo no se puede dar una respuesta genérica ya que se hace necesario hilar más fino y entrar en un terreno más espinoso, que es el de las licencias. Como me preguntaban la otra vez, ¿qué pasa sin un creador (músico o desarrollador de software) sube su material a internet para su descarga gratuita pero la persona que lo descarga lucra con él? La respuesta dependerà exclusivamente del tipo de licencia que se utilice, estableciéndo la diferencia entre "copyright" y lo que genèritcamente se conoce como el grupo de licencias "copyleft" En el primer caso aunque el programa sea freeware (gratuito, pero de código cerrado) pero el material està protegido con copyright la persona que lo descarga y utiliza para fines lucrativos estaría cometiendo la figura delictual más repudiable de la ley (y su actitud se podrìa castigar con pena de carcel) pues su fin sería obtener ganancias con creaciones que no son de su propiedad y sin autorizaciòn del autor. Ahora poniendo el caso que el desarrollador utiliza una licencia "libre" como GPL, a modo de ejemplo, la persona que lo utiliza con fines lucrativos no estaría cometiendo un delito, pues, este tipo de licencias permiten (eventualmente) lucrar con el contenido protegido con ellas, siempre y cuando se conserve la licencia y se mantengan los créditos a quienes se les debe. Eso ocurre frecuentemente en distribuciones de GNU/Linux

Ahora, especificando sobre la licencia Creative Commons, ésta permite usar el contenido licenciado, siempre y cuando respetes a su autor y no tengas fines comerciales con dicho contenido. Un ejemplo de contenido licenciado vía CC es la nueva página web de la radio Bio Bio, en la que que puedes publicar sus noticias y contenidos en otros lados, siempre citando la fuente original, pero sin lucrar con ello. Como ejemplo de músicos que han licenciado su músicia vía "Creative Commons" se encuentra Nine Inch Nails, cuyo último disco (Ghost IV) se ofreció gratuitamente a través de internet (y que además utilizó herramientas como Twitter para comunicarse con sus fans y Google Earth para geolocalizar lugares dónde se descargaban los discos con el fin de focalizar giras en esos lugares)Ahora si te pillan un día vendiendo ese disco en la calle eres tan criminal como cualquiera y la cárcel podría ser tu próximo paradero.

En fin, existen otro tipo de licencias abiertas, así que habría que detallar en cada caso particular, pero en los casos señalados anteriormente, la reproducción y difusión está completamente permitida, pero siemper respetando al autor y manteniendo la licencia. Lo que se castiga es el lucro sin autorización del autor y a mi juicio, la piratería sólo debería limitarse a ese caso.

Corríjanme si estoy equivocado.

PD: ¿Muchos de nosotros somos vulgares piratas sólo por el hecho de usar en nuestros avatares contenido protegido? Yo por ejemplo no le he pedido autorización a los chinos que hicieron el Manga del SVC CHaos para poner la imágen de Mr Karate en mi avatar.

Edited by No_Existe
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Estaba viendo la tabla del martes y no aparece en ninguna parte la votación para los artículos de la discordia del proyecto de ley que modifica la ley de propiedad intelectual: http://www.senado.cl/appsenado/doctos/18171.xml

EDIT: FAIL; verdad que se vota en la cámara de Diputados, efectivamente es el martes.

Ojo, tengo en mis manos el documento de la comisión mixta y ahora estoy analizando en qué sentido se modificaron los artículos de la discordia (si se modificaron para bien o para mal) Cuando termine voy a realizar un post para que se informen como corresponde.

Edited by No_Existe
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