denise1 Posted June 7, 2013 Report Share Posted June 7, 2013 MI mamá hizo contrato de arriendo a una señora. ella vivió como 6 años ahí, luego le entrego la casa porque se fue de la ciudad, y dijo que su hermana se iba aquedar en la casa. Esta otra señora ya lleva como 6 años.necesitamos vender la casa, ahora ya. mi mama ya le dijo que le iba a llevar una carta . además que esta señora los últimos 3 meses se ha atrasado en los pagos.es valida una carta informándole? debe ir con firma de notario o certificada? puede oficialmente mi mama sacar a la señora en una plazo de un mes o 2 meses? Gracias Link to comment Share on other sites More sharing options...
Astromonita Posted June 7, 2013 Report Share Posted June 7, 2013 Creo que fue super mala idea no hacer un contrato de arriendo. Por lo que sé y he visto, la ley favorece a los arrendatarios, y si alguien simplemente no se quiere ir de tu casa, aunque ni siquiera te esté pagando el arriendo, es super difícil echarlo. De hecho sería ilegal si por ejemplo se meten ustedes cuando ella no esté y le cambian la chapa a la puerta, así que no caigan en ese tipo de acciones y traten de hacer las cosas de buena manera, ya que este tipo de casos son super complicados y un proceso judicial para echarla sería mucho más largo que 2 meses. Frente a mi casa hay unas personas que llevan más de 20 años viviendo en una casa que no es de ellos y todavía no los pueden echar. Los han desalojado 2 veces, y simplemente cuando los pacos se van ellos vuelven a meter todas sus cosas adentro de la casa. Link to comment Share on other sites More sharing options...
Narushi_gon Posted June 7, 2013 Report Share Posted June 7, 2013 Por lo que he visto de la Jueza mientras almuerzo (jajajaja), el que no hayan firmado contrato hace que el arrendador no tenga ni pie ni cabezas para reclamar algo, podrían echarlo hoy mismo porque es la casa de ustedes. Ahora como algo moral, deberían darle 3 meses (creo que es 1 mes por cada año con un máximo de 3) para que pueda irse, buscar casa, etc.Si no pasa nada después de efectuada la carta y pasado el tiempo, creo que deben iniciar el proceso de "precario"Saludos. Link to comment Share on other sites More sharing options...
Constanza Posted June 7, 2013 Report Share Posted June 7, 2013 Creo que va a depender de la señora no mas. Porque como decían, es un parto lograr que se vayan de tu propiedad si no quieren. Esta ultra mal pelao el chancho como ves. Link to comment Share on other sites More sharing options...
Babel Posted June 7, 2013 Report Share Posted June 7, 2013 Arrendar una casa sin contrato entre las partes, es practicamente "regalarle" el derecho a vivir gratis al arrendatario.. pero con el historial de pago (de 6 años viviendos, solo 3 meses impagos..), creo que podrian llegar a un acuerdo. Link to comment Share on other sites More sharing options...
denise1 Posted June 8, 2013 Author Report Share Posted June 8, 2013 Muchas gracias por contestar =) Una aclaración: la sra no debe nada. solo se ha atrasado en el día del pago de los últimos 3 meses pero al final ha pagado. SI le damos una carta entonces no sirve de nada? Y qué pasa con el contrato verbal, no es válido? Gracias Link to comment Share on other sites More sharing options...
Babel Posted June 8, 2013 Report Share Posted June 8, 2013 un acuerdo de palabra, pondria un conflicto "tu palabra, contra la mia", y a mi parecer para nada, es concluyente en un conflicto entre arrendatarios y arrendadores. que pasaria si la persona niega haber llegado a un acuerdo de palabra?.....nada, ya que no habria prueba que pudieras hacer, para comprobrar que eventualmente, la persona si acordo de palabra. pd: y, si la persona esta pagando.....no me haria problema.....me empezaria a preocupar, si la mora exceden algunos meses. Link to comment Share on other sites More sharing options...
ExtreemD4t4 Posted June 8, 2013 Report Share Posted June 8, 2013 un acuerdo de palabra, pondria un conflicto "tu palabra, contra la mia", y a mi parecer para nada, es concluyente en un conflicto entre arrendatarios y arrendadores. que pasaria si la persona niega haber llegado a un acuerdo de palabra?.....nada, ya que no habria prueba que pudieras hacer, para comprobrar que eventualmente, la persona si acordo de palabra. pd: y, si la persona esta pagando.....no me haria problema.....me empezaria a preocupar, si la mora exceden algunos meses.no sería tu palabra contra la mia pues la señora está pagando, entonces queda constancia de que es un arriendo, sino estuviera pagando, igual la pueden sacar por la escritura de la casa, puesto que ella no es la dueña de la casa y menos tiene algun papel que acredite que ella puede vivir ahi Link to comment Share on other sites More sharing options...
Wonzalo Posted June 8, 2013 Report Share Posted June 8, 2013 Si te vas a juicio con ella (que es lo que estás preguntando), la ley otorga un mes por año de arriendo, con un máximo de 6 meses. O sea, vas a estar al menos 6 meses tratando de sacarla. Velo a la buena. Link to comment Share on other sites More sharing options...
MaveriX Posted June 10, 2013 Report Share Posted June 10, 2013 Agregando info a lo respondido por Wonzalo, hay que tener claro que en Chile el contrato de palabra NO EXISTE.Donde no hay contrato conforme a lo estipulado por la ley, simplemente no hay contrato. El contrato de arrendamiento de inmuebles exige que conste por escrito y ante notario. Si no se cumplió con ese trámite (y los demás estipulados en la ley), no hay arriendo. Si la tipa decidiera NO irse en este minuto, tu herramienta para sacarla sería un juicio de precario, que se lleva adelante conforme a las reglas del procedimiento sumario, que de todas formas no toma menos de 6 meses. Saludos Link to comment Share on other sites More sharing options...
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