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Ayuda a los leguleyos porfavor estoy un poco complicado...


Gray_Fox_

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"Ayuda a los leguleyos del foro.

Resulta q una señora tiene el problema de q se le impide seguir con su trabajo como comerciante luego de q, al intentar renovar su patente comercial en la municipalidad, se le informara q no se permitiría tal renovación.

En un principio sencillamente no le explicaron la razón de la no renovación, y sólo luego de insistir muchas veces otros días, finalmente un funcionario municipal cuyo cargo desconoce le informó que no se la renovarían porque un inspector municipal, en una fiscalización ocurrida hace 2 meses, comprobó que vendía cigarrillos sueltos, y q además lo hacía a escolares del sector.

Esta señora dice q sí hubo hace un tiempo una fiscalización donde le pidieron sus libros de contabilidad y talonarios de boletas, pero el inspector no dijo nada respecto de la venta de cigarrillos.

Es verdad q la señora en ocasiones ha vendido cigarrillos a menores, pero sólo a quienes son vecinos del sector y a los cuales conoce q tienen la autorización de sus padres.

Además, la señora está complicada porq se enteró que un colegio del sector –cuyo sostenedor también lo es de muchos otros colegios de la comuna- está hace tiempo en negociaciones para comprar el terreno para construir un nuevo gimnasio para el colegio, lo q generaría que no podría vender ni cigarrillos ni bebidas alcohólicas, esto en el mejor de los casos sólo si se revierte la decisión del municipio.

Puede hacer algo la señora para q le renueven la patente y pueda seguir vendiendo?"

 

Estuve viendo la ley 20105 y prohibe la comercialización, ofrecimiento, distribución o entrega gratuita de productos hechos con tabaco a menores de 18 años. También prohibe vender cigarrillos por unidad o en paquetes cuya cantidad sea inferior a 10.

En cuanto a las sanciones, éstas son multa de 3 a 50 UTM y de 30 a 300 UTM (si la infracción es cometida por una persona perteneciente a la industria tabacalera), además del comiso de los bienes materia de la infracción, por comercializar, ofrecer, distribuir o entregar a título gratuito productos hechos con tabaco a menores de 18 años; y multa de 1 a 20 UTM y de 10 a 50 UTM (si la infracción es cometida por una persona perteneciente a la industria tabacalera), además del comiso de los bienes materia de la infracción, por vender cigarrillos unitariamente o en paquetes que contengan una cantidad inferior a 10. O sea, no se considera en la ley la no renovación de la patente como sanción.

Además, señala que si la autoridad sanitaria constata una infracción, las autoridades denuncian a un juez de letras cuando la multa excede las 50 UTM, o ante un juez de policía local cuando la infracción tenga una multa menor a ese monto, lo q no ocurrió en este caso ."

 

atento a sus comentarios, saludos!

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tambien fijarse en ordenanzas de la municipalidad, en caso que todo este ok, deberia poner un recurso de proteccion y listo, para eso va a necesitar abogado. otra cosa, por mucho que le venda cigarros al sobrino es ilegal igual asi que no es excusa y si se pone un colegio o un gimnasio o lo que sea va a tener que cumplir nomas y no vender.

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